roxin derecho penal parte general tomo 1 pdf

DETALII PROIECTE
4 septembrie 2015

roxin derecho penal parte general tomo 1 pdf

Cathrein -que fue uno de los primeros neo-tomistas ( o quizá neo-suarista) jurídícos- afirmaba, no obstante, que la moral persigue el perfeccionamiento de la persona y el derecho s610 la posibilitación del mismo *O, lo que se remonta a San Agustín más que a Santo Tomás y viene deducido de que la concepción antropológica tomista requiere un ámbito libre de coacción. '02 B E-, 5 XXVII; sobre ello acertadamente, MONDOLPO, ROWLFO, @@ lo0 op. NO obstante, este segundo concepto también puede o no dar lugar a una posicibn positivista, según como sea entendido el criterio señalado. Follow authors to get new release updates, plus improved recommendations. Aristóteles. que desconoce originariamente la caridad y la concepción cristiana, siempre que con él se quiera decir algo disBETTIOL,C;IL'.\LIII,E. No se trata de una ideología, sino de la admisión de cualquier ideología. Tomo II. , Servan proporciona algunos criterios para determinar la gravedad de los delitos, siendo algunos muy sagazmente deducidos, pero en general, no logra demostrar satisfactoriamente cómo los daños particulares se convierten en daños públicos, pese a que se plantea el interrogante. Los caminos seguidos por Scheler y Hartmam son diferentes, pero ambos concluyeron en lo mismo: el objetivismo valorativo. antropológico que dejó señalado Kant es despreciado por Hegel, porque Kant, dejó abierto el camino para que sea precisamente la finitud lo que haga que la antropología desempeiie un papel f~iiidamentadorontológico. "Voluntad es una especie de causalidad de los seres vivos, en cuanto que son racionales, y libertad sería la propiedad de esta causalidad, por lo cual puede ser eficiente, independientemente de extrañas causas que la ddemiinen; así corno mcesidad natural es la propiedad de la causalidad de todos los seres irracionales de ser determinados a la actividad por el influjo d e causas extrañas" z18. RUSSELL,BERTRAND,Fundamentos de filosofía, Barcdona, 1956, p. 6. 158-164. Planteamiento general. 33 44 NWOWNE, 11 sistema &1 Dintto P e ~ l e ,Padova, 1975, p. 132. autoritarismo penal considera patológica toda separación de sus tipos valorativos pétreos, de sus ideas " Cfr. e n esta apreciación, porque nunca fue positivista Obarrio -que dej6 la c á t e d ~ aen 1906- ni puede considerarse positivista a Rivarola, ni tampoco a Julio Herrera, aunque quizá lleve razón Ramos respecto de las "clases dirigentes". 1, ad. 288 Idp. "Se t r a t a sólo de una posibilidad, no de un hecho, ni de una necesidad de cualquier naturaleza. 317 T w d 2.52 DE LA CIENCIA DEL DEREMO PENAL En 1948, en el prefacio a la tercera edición escribió: "Las esperanzas utópicas expresadas en las siguientes páginas tienen una relación mucho menor con el presente, que lo que yo creía cuando las escribí, especialmente en el último capítulo, aunque puedo conservarlas como la visión de un día muy lejano1' 3z1. Tomo I - Fundamentos. Aquí se ve muy limitada, pese a estas qfinnaciones, su anterior admiración por Becaria. Prins compartía la antipatía de Garofalo por las "medidas humanitarias" que dejaban indefensa a la sociedad, por lo que no se comprende muy bien cómo afirma Ancel que hay muchos puntos & contacto entre Prins y q a escuela correccionalista española de comienzos de siglo"121. Era hombre de profundos conocimientos jurídicos y filosóficos, habiendo leído a 10s mejores de sus contemporáneos de Europa. ; con trabajos de JIMÉNEZ DE AsÚA, SILVIO RANIERI,EDUARDO CORRE=, EDUARDO NOVOAMONREAL,&DAN ZLATARIC, HANS ~CHULTZ,G . La "defensa" siempre es p a r a ellos una justificación, no solo hacia afuera, sino también hacia adentro. E s t a coincidencia no debe llamar tanto la atención, porque el neo-kantismo no pasó de ser una teoría accesoria del positivismo 7'. 177% EL RACiONALISMO PENAL 1m de pluma elegante, brilió en la sociedad de su tiempo8'. kI., El rnnte~ialwm~ dialéctico, hfadrid, 197(i, p. 69. Por mucho que Schlick haya querido hacer una ~rofesiónde fe realista 'O4, lo cierto es que sus partidarios no pueden levantar la imputación que pesa sobre ellos al "SUSpender el juicio sobre lo que pueda ser la realidad misma o mnsiderar incontestable la pregunta" 'O6. 4 i , ' i i i V. (;ARC~A VALDES,CARLOS,Un derecho penal autoritario: sobre el (u.50 cipciñol, en "Cuadernos de Política Criminal", Kv 3, 1977, pp. La primera condición de la pena es, por consiguiente, que sea pública. E s t o posi,biIitÓ que e n algún momento Nietzsche f u e r a considerado como g a r a n t e filosófico del nacional-socialismo * 1 3 , y, en general, a que algunos le admiren porque entienden que llegó a l fondo mismo de l a desesperación a l desenmascarar c r u d a m e n t e todos los cantos sirenaicos que nos lanza l a inautenticidad, concibiendo a l superhombre como el que logra eludirlos a todos, e n t a n t o que otros le a d m i r a n porque e n s u irracionalismo encuentran e1 valor absoluto de cualquier "verdad subjetiva" y l a identificación de l a justicia con l a fuerza. Lleva razón Maritain cuando afirma que ''el triunfo - e n el siglo xix- del positivismo jurídico sobre la doctrina de la ley natural, no (ha significado l a muerte de la ley natural misma, aino únicamente una victoria de la escuela histórica conservadora sobre la escuela racionalista revolucionaria, fenómeno provocado par las condiciones históricas generales de l a primera mitad del siglo XIX" 336. 288 V. ROMARACH, A,; MIRANDA NAÓN, C., Apuntes de Derecho P d , Bs. Si el hombre fuese por naturaleza razón y el mundo también fuese razón, 'las actitudes del yo y los acontecimientos del mundo estarían, en todo caso, intrínsecamente determinados por la unidad y tal unidad en ningún caso podría perderse o dispersarse. Agrega que el malhechor debe haber sido considerado digno de castigo 213 Idem, p. 111. De acuerdo con esta concepción, actos de envenenamiento para producir la muerte de la víctima, renuncia. cit., p. 116. Si bien Roder no deja de ser jurista, lo que le lleva a advertir que "los criminales deben ser tratados según la extensión y medida de s u injusto arbitrio, pero no más allá, como menores faltos de educación y por lo tanto necesitados de ella" 895, afirma que la pena cumple una función de prevención especial y general, y, en cuanto a l a última, afirma que la cumple "no sólo por su aspecto exterior, en cuanto se 212); otros autores se enredan en complicadas djwmsiones históricas (sobre ellos, %awm, 124 y s.;A m 6 ~ONECA, 37-8). WELZEL,Naturalismus, cit. '"F-SS~NA, ; + tablecer un orden que se funda en un segundo pacto, por el que renuncian parcialmente a la "gratificación i n ~ t i n t i v a ' ' ~ ~Al. ANTÓN ONECA, op. Entendía Servan que la verdadera naturaleza del delito era el daiio público o social y no el daño particular. El valor sólo se plantea en la existencia humana porque es imperfecta, porque tiene carencias, e implica una posibilidad de ser de la existencia y, como tal. Catedrático de Derecho Penal en la Universidad de Munich DERECHO PENAL PARTE GENERAL TOMO I FUNDAMENTOS. La fase subjetiva del espíritu se alcanza con la libertad, esto es, al emerger el hombre de la naturaleza. cit., p. 22. Esta caracterización de la moral la alcanza Kant con prescindencia del contenido del deber, ateniéndose &lo a la forma en que viene impuesto (imperativo categórico), como deber de conciencia, que se sintetiza en dos cdlebres fórmulas kantianas: "El imperativo categórico es, pues, Único, y es como sigue: obra sd10 según una máxima tal que q w e r d m i m o tiempo que se t m ley Esta moral está regida, pues, conforme al principio a u t h m w , es decir, conforme a las imposiciones de la propia caiciencia, a diferencia de los sistemas anteriores, regidos heterónomamente (motivados por premios o castigos). "El único objetivo que Hegrl pretendió atribuir a su filosofía ( y ha procurado realizar con su filosofía) es la justificación racic~ nal de la realidad, de la presencialidad, del hecho, cualquiera que sea" 3. El principio de legalidad, así fundamentado, se encuentra enturbiado por la apelación al "espíritu de la ley". 400 RIVAWBA, p. 116. A nuestro entender, en el campo penal éste debería resolverse por l a invalidez de la leg menos benigna y la coiisiguiente validez de l a ley más benigna. No por eso concebía a su "nuevo mundo" como un universo sin discordia, porque en "la armonía societaria, l a s discordancias son t a n necesarias como los a c ~ e r d o s " ~Enunciaba ~~. Los penalistas hegelianos alemanes. Esto se conocía como "principio del Conductor" (Führerprinz i p ) , que Sacía del Conductor una suerte de "abeja-reina" ". La ley del 28 de junio de 1935 otorgaba a los jerarcas del partido la misma protección que a 10s del gobierno (la antes mencionada del 13 d e octubre de 1933 penaba con muerte el mero proyecto homicida). de afirmación de la e x i ~ t e n c i a ' ' ~ ~ . u n animal rahnaie et sociate. 34 STRATEN\KERTH, GUNTKER, Die rechtstheoretkche Problem der "Natur der Sache", Tübingen, 1957. - 1V. Za5 p. 57. Moyano Gacitúa se resiste a negar l a responsabilidad penal fundada en la forma habitual. E s verdad que el pensamiento oriental no tuvo la precisión del pensamiento de occidente, pero no por ello puede ignorarse su curso como expresión de culturas milenarias. Cír. En general, puede afirmarse - c o n escaso margen de error- que casi todos los que usan la palabra "defensa social" en nuestros días, lo hacen con el viejo sentido positivista, sólo que agregándole alguna observación o reparo. hombre es una posibilidad de ser y el derecho pena] debe garantizarle esa posibilidad de ser auténtico - q u e es la única que tiene, porque en la inautenticidad no e s - contra ataques de otros hombres, la garantía de la posibilidad de ser el ser que aún no es, no puede derivarse a partir del ser que aún no es, sino del ser que es. 408 La revista "Scuola penale u m i s t a " , publicada en Catania. Claus Roxin, Derecho Penal. El inismo Kant reconoció que la respuesta a las tres primeras preguntas revertía en la última, cometido que es de l a antropología22n. Our BookSleuth is specially designed for you. E s así que el hombre h a sido creado p a r a l a sociedad y el Creador del hombre h a querido su conservación; y como el Creador actúa por las leyes generales y no por las intervenciones especiales, toda sociedad primitiva h a estado investida, a l igual que cada uno de sus miembros, de ciertos derechos naturales y de ciertos deberes correspondientes, anteriores en fecha y superioms en autoridad a todos 136 V. la noticia histórica d e MICNFI. Si l a aristocracia se tornaba muy poderosa, sus privilegios podían s e r reducidos drásticamente aprobando l a igualdad de todas las clases frente a l a s leyes"2tí. As., 1948; Ds B E N E D ~Ismo~o, "Rev. U n a deificación míticn de la vida sin l a muerte no puede ser u n a proclamación mayor del principio infinito, e s decir, del romanticismo. Aunque Kant s e había percatado del problema y había concluido en que no e r a tarea d e l a filosofía edificar una nueva mansión, Hegel desvió el curso del pensamiento y t r a t ó de edificar una mansión "logológica", que nunca llegó a alojar verdaderamente al hombre, sino que f u e casi un acicate p a r a retomar la senda antropológica 18. Ancrl", 11, París, 1975, pp. ; H., The Liuingston Law and Criminoinfamación biblio- los que puedan m l t a r de cualquier acuerdo mutuo. Creemos que lleva razón en ello. 79 Cfr. Hay contradicciones legales que tienen su remedio dentro del mismo sistema, como es el caso de las leyes ifnconstitucionales. La incorporación soviética de principios penales propios del Estado de derecho, que tuvo lugar en la reforma penal de 19%-1960, ideológicamente se explicó considerando que la URSS se hallaba madura para iniciar la etapa del comunismo, esto es, la etapa en la que se inicia la aulat tina desaparición del Estado en razón de haber cesado la lucha de clases, tal como lo declara el M I Congreso en 1959. De MAX ERNST MAYER,V., Der causdzusammenhung zwbchen Handlung und Erfolg im Strafrecht, Fieiburg, 1899; Die Schuldhafte Handlung und ihre Arten im Strafrecht, Hirschfeld, 1901; Rechtsnonnen und Kulturnonnen, Breslau, 1903; Die allgeminen Strafschürfungsgründe des deutschen Militar-Strafgesetzbwh, Leipzig, 1903; Die Befreiung uon Gefangenen, Leipzig, 1906; Deutsches Militiirstrafrecht, Leipzig, 1907; Der rechtswidrige Befehl des Vorgesetzen, Tiibingen, 1908; Der nllge7)leine Teil des deutschen .Strafrechts, Heidelberg, 1915; Rechtsphilosophie. El neo-criticismo en sus manifestaciones pcnaIes. Con este criterio, se puede argumentar que la sociedad también puede aplicar pena a un inocente, si ello sirve a la prevencibn general, a lo que Romagnosi responde que "cuando alguno es castigado, no lo es sino por algún delito q o . Más adelante señala: "No contento con despojar al pobre, se lo obliga aún a derramar su sangre para defender las posesiones de los ricos, bajo el pretexto de defender al Estadon, y así, con las levas forzadas, "se priva a una mujer de su esposo, a los hijos de su padre, se arrebata a una desgraciada familia al que es su sustento, librando a los infortunados a los horrores de la indigencia". Evidentemente había en Liszt un incuestionable pensamiento evolucionista social, que es lo que le permitía dar este salto del ser al deber ser en la general incumbencia de la "ciencia total del derecho penal". O 7 FARRELL. ;Cómo se compagina este contenido reeducador o resocializador con el concepto de culpabilidad y con cualquier criterio de responsabilidad? S o obstante quc suele atribuirse al pensamiento oriental un carácter religioso "', lo cierto es que en la gran miyoría de las múltiples corrientes orientales predomina "el interés por el hombre antes que por la naturaleza o por Dios" ", actitud que occidente tardó mucho en conquistar y que aún hoy suele ponerse en duda. Por supuesto que su "buen sentido" era superior al de Ferri, que en 1924 también predicaba quc la defensa social era una "obra práctica" del legislador y del juez del ciimen 22. 115 y s.)todos ellos en "Fest. La única diferencia es un mayor grado de complejidad en esa imagen, como resultado del avance de las ciencias, pero otra diferencia no puede haber, porque p a r a ellos l a filosofía no es otra cosa que una síntesis de las ciencias, es decir, lo mismo que p a r a cualquier positivismo. Rechaza de plano ,la clasificación de los delitos en "públiccw3" y "privados", porque dice que afecta al primer principio de las leyes criminales: "todo lo que causa un daño a cualquier miembro de l a m i e d a d lo causa a la sociedad misma". E l positivismo lógico, por su parte, sostiene que todo el problema del ser es una confusión de palabras. A continuación adjuntamos el link para que descarguen el libro en PDF, pero antes les dejamos las primeras líneas del texto: El concepto de tipos abiertos y de elementos del deber jurídico ha sido acuñado por Welzel[1]. Penit.". 7 3 y SS., todos en "Ilommnge ri hlarc Ancel", 11, París, 1975; MERLE- jurídica" y también la reducción del derecho penal a biología O a cualquier otra disciplina natural. de insistir en la senda del evolucionismo positivista evitando sus consecuencias lógicas Últimas, y esta fue la tentativa q u e corresponde a Dorado Montero. C+ mentando este sistema, dice Mignet que en él hay 'lugares de de139 "0 LNINGS-~N, Ex&. CLAUS ROXIN Dr. Dr. h.c. mult. Precisamente por eso Nietzsche no pudo desembarazarse del objetivismo valorativo 211 y no termini postulando un subjetivismo, sino una "inversión" de los valores. Ibídem; igual en Gesetzliches und übergesetdiches Recht, ídem, p. 353. q: WELZEL,en Naturrecht und Rechtspositioismus; en "Fest. afirman que fue dácípulo de Ardigó, Barbero Santos (op. i o desnudan las condiciones represivas y despersonalizantes de las insti~,-iones totales, sean cárceles o panicomios. ); m, Dietrich, Dte ,4~wirkunge~i &S refonnaton'sch-culv&Ústischen Nafurrechts im Recht Ame+ i i pp. Idem, p. 58. "La piedra que cae impulsada por la gravedad, el rayo que se precipita a tierra sujeto al imperio indomeñable de las leyes físicas que gobiernan la electricidad, se encuentran excluidos de los principios éticos" Es así que la teoría de las estructura lógico-objetivas no viene a postular un jusnauralismo idealista ", sino a limitar en cierta medida la función legislativa, la potestad represiva. cit. 57, a. No obstante, recientemente parece reivindicada su memoria, mencioV., nándoselo entre los "destacados jurisconsultos soviétivos" (V. TEREB~LOV, El sistema judicial en la URSS, Moscú, 1977, p. 33). La criminalidad juvenil, por ejemplo, es, en gran medida, un fiel reflejo de la 'filosofía' y praxis económicas dominantes" La asocialidad. El determinismo, "si quiere permanecer consecuente consigno mismo, tiene que negar toda culpa propiamente dicha, y echar por tierra el muro de separación entre el crimen y la locura" Esta es la coherencia que Cathrein no hallará en ninguno de los autores de su país, pues dentro del positivismo penal sólo Dorado Montero se animó a eliminar la responsabilidad, reconociendo con ello la contradicción de los restantes positivistas. El intento doradiano es un tanto más complicado, porque trata de hacer el engarce en un medio tradicionalmente realista, aunque al tiempo de hacerlo estaba de moda un idealismo importado: el de Krause. cit., 66-87 ( 8 6 ) . No había en ellos penas fijadas y se mantenía la libre elaboración del "derecho", es decir, la más absoluta arbitrariedad del juzgador 's. No deja ser al ente, sino que, simplemente, deja que lo que es valga como objeto de la actividad del sujeto. enunciar esta concepción contractualista de la horda, F e u d enlaza al individualismo iluminista con la moral concebida como represión, que había enunciado Schiller, al entender que la civilización implica l a timnía represiva de la razón sobre la sensualidad 7e. 160 Y 163; del mismo, en idéntico sentido crítico, Ursprung und Bedeutung &r sozhbgischen Schule des Strafrechts, Leipzig, 1911 (en "Fest. 90 Cfr. As., 1970. la V. por ej., DE RUGGIEW, G m , Hegel, Bari, 1W; s ea dicho esto sin perjuicio de ohos puntos d e vista en cuya discusión no podernos entrar l5 CUSE EL R O M A ~ U S M O PENAL 171 una desviación tan grande del pensamiento antropológico, como "nunca había ocurrido todavía en la historia del pensamiento humano". Alcanzada la fase subjetiva y agotada con la libertad, d hombre pasa a la fase del "Espíritu objetivo", en que rompe la subjetividad para entrar en la vida colectiva, fundando las relaciones con oiras auto-conciencias, y es allí cuando surgen el derecho, b ética, la moral, la historia. PENAL Derecho Penal Parte General Tomo 1 Autor: Claus Roxin Formato PDF (pag.1070 ) http://rapidshare.com/files/140618179/Roxin__Drecho_Pe. 66,00 €-5%. El pensamiento oriental. Por otra parte, el desconocimiento de la estructura óntica del objeto hará ineficaz (aunque no quitará validez) a lu ley. Entre estas razones prácticas, opera un papel importante la prevención general 'O', aunque no lleva las cosas hasta el límite de la intimidación. ~ ~ A R T DIEGO, ~ N L a metoddogía del po.sitioismo lógico. Surgen las "comisiones especiales". En lugar, fue alumno de Luigi Lucchini y de Pietro Siciliano, éste Último p0sitivista que provenía del krausismo (Cfr. "El significado m á s profundo de la transformación del criticismo de los marburgianos reside en el intento de resolver cualquier aspecto de la realidad en posibilidad lógica y la posibilidad lógica en posibilidad metodolbgica. . Nos inclinamos a creer que ésta es la clave. Cuando comprendemos que la conciencia humana es algo original, caernos en la cuenta de que el positivismo procede de un error metódico, a partir de un cerrado principio dogmático que enmiza con el realismo teológico. se ha esgrimido cGmo un arma para contener mayores avances autoritarios, pero esto es un fenbmeno histórico episódico y circunstancial, anecdótico, del que no pueden extraerse consecuencias generales a32. Afirmaba que el código criminal debía estar en manos de todo el mundo -y a bajo precio- "para que la regla de nuestras acciones se halle constantemente bajo nuestros ojos". El neo-marxismo. jurídico penal a la persona humana. A ellos puede sumarse BENIGNOD x TULLIO(Per una nuow politica crim'nale. Y aquí está el efecto necesario de la libertad civil". 2015, Seller: VIII. ISBN: 8412089278 Author: Piva Torres, Gianni Egidio Format: PDF . KOUKOWSKY,L.,V e r Menscll olirie Alternatiue, p. 8. te en la versión original de la regulación de la tentativa. Pero estas dos cadenas infinitas, en Spinoza encuenCran un punto de arranque en Dios, en tanto que en Wundt lo encuentran en la voluntad, con lo que Wundt vuelve en cierto modo a Schopenhauer, para quien la única realidad del mundo era l a voluntad y todo lo cognoscible es manifestación de voluntad. Su racionalismo se ve empañado por el tratamiento penal diferenciado propugnado a los esclavos y a los indígenas. As., 1944, p. 9. P., Plan de. El ~enalismoilustrado en lengua alemana. Marcuse pretende demostrar que Marx fue un heredero y continuador de Hegel y que el materialismo di,aléctico es el heredero natural del idealismo alemán. I > i i ' ~ i o g o.i :\sct;.~,op. ; MELZER, MICHAEL, Die neue Saiolwrteidigung unú die dedsche S t r a f r e c h t s r e f d k u s sion, Tübingen, 1970; niega toda infIuencia de la misma en la reforma alemana, JORGE BARREIRO, AGUST~N, Consideraciones en torno a la nuew defensa social y su releoanda en la doctrina y reforma penal alemana, en Autores varios, "Ensayos penales", 1971, 412 y SS. ' O Scribd é o maior site social de leitura e publicação do mundo. Murió el 21 de junio de 1919. a ) Max Ernst hlayer (1875-1924) sostenía que la cultura no es pura realidad ni puro valor, sino una unidad de ambos: "cultura es el valor devenido realidad, y también con ello, la realidad devenida valor" '2. 14S Una amplia información bibliográfica sobre ROMACNOSI, en "Giustizia Penale", 1938, colunmias 246-7;también NUVOLONE,PIEIRO, en "Trent'ann i . La ercarcelandn, en LL, 1361327; RAMOS MEJÍA, ENQUE, Refleriones en torno de la acci6n delictuusa, en LL, 128-1152. De allí que consideraba que bajo ningún concepto el homicidio podía quedar impune. La igualdad ante la !¿y había desaparecido del orden nazi, reemplazada por u n a "igualación" del pueblo, en el sentido de u n a homogeinización de sus componentes (la Gleichschaltung) en el "Estado total" (Totalstaat). En realidad, el movimiento neo-kantiano fue mucho más amplio, al punto que Bochenski distingue siete direcciones. Agregaba que en casos de revolución, en que se cambian todas las instituciones y s e pierde el freno de l a costumbre y la religión, co- lle 1l7 "8 "9 120 V. " O u w " , T. Ii, p. 96. La violación culpable de obligaciones contractuales es el delito, que representa una negación del derecho. Estos delitos son más graves cuando hay mayor peligro para el ofendido y menor para el ofensor, lo que un prin- 121 T. PV, pp. En efecto: el establecimiento de un ideal de cultura como principio formativo, proviene de la PaideM griega en su forma consciente, tiñendo desde NUVOLONE, PIE-, 11 sistema del diritto pende, Padava, 1975,p ~ 11-12. . Elevan a S/150 000 el monto que la Universidad Peruana Cayetano... URGENTE: Formalizan investigación preparatoria contra Pedro Castillo y Anibal Torres [Exp.... ¿A partir del 2023 todos los contratos CAS suscritos al amparo... Modelo de solicitud para pasar a CAS indeterminado, Gobierno decreta inmovilización social obligatoria en estos lugares [Decreto Supremo 144-2022-PCM].

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